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Estudiantes, investigadores y más

Autorizaciones que habilitan a permanecer en España por un período superior a noventa días por los motivos de estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborables o servicios de voluntariado.

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Cómo solicitar una autorización de estancia por estudios

Será titular de una autorización de estancia el extranjero que haya sido habilitado a permanecer en España por un periodo superior a noventa días con el fin único o principal de llevar a cabo alguna de las siguientes actividades de carácter no laboral:

  • Realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

  • Realización de actividades de investigación o formación, sin perjuicio del régimen especial de investigadores.

  • Participación en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.

  • Realización de prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada.

  • Prestación de un servicio de voluntariado dentro de un programa que persiga objetivos de interés general.

La duración de la estancia será igual a la de la actividad respecto a la que se concedió la autorización, con el límite máximo de un año; o de dos años (según el caso, por estudios).

Póngase en contacto con nosotros y solicite más información. Nuestro equipo legal le solucionará sus dudas, le dará la información más completa, novedades –en su caso–, así como le guiará por todas las fases del proceso.

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