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Residencia y trabajo por cuenta ajena

La Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena permite la residencia de aquellos que tengan la opción de contratación por un empleador, el cual será el solicitante de la misma.

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Cómo conseguir la residencia y trabajo por cuenta ajena

En este supuesto de residencia se encuentra la proposición de un empleador o empresario a contratar un trabajador por un periodo de tiempo determinado.

Requisitos para solicitar la residencia y trabajo por cuenta ajena

Para la solicitud de esta autorización de residencia deberán cumplirse, entre otros, ciertos requisitos como:

  • Que el extranjero a contratar no se encuentre de forma irregular en territorio español.

  • Que el trabajador tenga la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación del nacional extranjero.

  • Que las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente.

  • Que el empleador garantice al extranjero una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.

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Procedimiento para la residencia y trabajo por cuenta ajena

  • Se lleva a cabo la presentación de la solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena ante la oficina de extranjería por parte del empleador.

  • La solicitud pasara a admitirse a trámite. El órgano competente, a la vista de la documentación presentada y de los informes obtenidos, resolverá de forma motivada en el plazo máximo de tres meses.

  • En caso de concesión de la autorización, su eficacia quedará en suspensión hasta la obtención del visado y posterior alta del trabajador en el régimen correspondiente de Seguridad Social.

  • El plazo para la solicitud del visado de trabajo por cuenta ajena es de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique al empleador la resolución favorable de autorización.

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